ARTICULO 1Esta Sociedad otorgará la Acreditación en Cirugía de la Columna Vertebral.----------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2 Esta Acreditación se otorgará a quien lo solicite y cumpla con las siguientes condiciones:
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a. |
Ser Médico graduado en Universidades Nacionales o Extranjeras con título debidamente revalidado. |
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b. |
Poseer el Certificado de Especialización en Ortopedia y
Traumatología que otorga la Asociación Argentina de Ortopedia y Traumatología. |
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c. |
Ser Miembro Adherente de la Sociedad Argentina de
Patología de la Columna Vertebral. |
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d. |
Poseer 3 años de concurrencia a un Servicio de Cirugía
Espinal debidamente reconocido. (Anexo 1). |
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e. |
Acreditar antecedentes suficientes (Anexo 2). |
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f. |
Aprobar el examen de la Especialidad. (Anexo 3). |
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g. |
Poseer una conducta ética intachable. |
ARTICULO 3 El postulante deberá ser presentado y avalado por tres
Miembros Titulares por escrito.
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ARTICULO 4 La Comisión Directiva designará una Comisión de Acreditación que funcionará por 2 años y será la encargada de aplicar el presente Reglamento y asesorar a la Comisión Directiva sobre posibles modificaciones al mismo.Estará compuesta por el Presidente de la SAPCV, quien cumplirá las veces de Presidente de la Comisión y 3 Ex-
Presidentes, pudiendo ser renovables.--------------------------------------------------------------
ARTICULO 5 La Comisión Directiva podrá designar otros Miembros en caso
de necesidad o ausencia de alguno de los Miembros designados. En ese caso, podrán ser Miembros de la Comisión Directiva..-----------------------------------------------------------------
ARTICULO 6 Esta Comisión reglamentará su funcionamiento interno y fijará las fechas para la presentación de antecedentes y el Examen de la Especialidad.------------------------
ARTICULO 7Habiendo examinado todos estos puntos, la Comisión elevará
a la Comisión Directiva una lista de los solicitantes a los cuales sugiere se le otorguen la Acreditación.-------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 8La Comisión Directiva rechazará o aprobará las solicitudes de
acuerdo a lo sugerido por la Comisión de Acreditación, siendo esta decisión inapelable..----
ARTICULO 9La entrega de las Acreditaciones correspondientes se llevará
a cabo en la 1a. Sesión Ordinaria de cada año.
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ARTICULO 10 Por esta única vez se adjudicará la Acreditación a los
Miembros de esta Sociedad que cumplan con el Art. 2 inciso b) del presente Reglamento y que revisten en carácter de Titulares hasta el 31 de marzo de 1997.------------------------
ARTICULO 11 Cualquier situación no contemplada en la presente reglamentación será resuelta por la Comisión Directiva previo dictamen de la Comisión de Acreditación.-----------
Reconocimiento de Servicios |
ARTICULO 1 La SAPCV reconocerá como Servicios de Cirugía de la Columna Vertebral a aquellos que cumplan con las siguientes condiciones:
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a. |
Debe ser una Unidad o Sección, orgánica o funcional (en adelante Servicio). |
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b. |
El Jefe del mismo debe ser Miembro Titular de esta Sociedad o poseer la Acreditación en la Especialidad. |
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c. |
El Jefe del Servicio deberá tener una dedicación preferencial en
Patología de la Columna Vertebral, tanto dentro de la actividad hospitalaria como fuera de ella. |
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d. |
El Servicio deberá cumplir funciones asistenciales, docentes y de
investigación en la especialidad. |
ARTICULO 2 En cumplimiento del Art. 1 . inc.d) el Servicio deberá:
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a. |
realizar un mínimo de 50 cirugías vertebrales por año; |
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b. |
discutir los casos en un Ateneo institucional semanal; |
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c. |
poseer un plan de formación para rotantes, becarios o sistemas de
formación postbásica similar; |
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d. |
presentar un número mínimo a determinar de trabajos de
investigación experimental o clínica en reuniones científicas
auspiciadas por la SAPCV o instituciones de prestigio internacional. |
ARTICULO 3 Para solicitar el reconocimiento del Servicio, el Jefe del mismo
deberá enviar una nota de Solicitud con las condiciones exigidas debidamente avaladas por el Director del Establecimiento solicitante.
ARTICULO 4 La Comisión Directiva nombrará a tres de sus miembros para que estudien la Solicitud y eventualmente efectúen una visita al Servicio solicitante si así lo consideraren.
ARTICULO 5 Esta Subcomisión deberá elevar un dictamen a la Comisión Directiva explicando los motivos de la aceptación o no de la Solicitud de Reconocimiento.
ARTICULO 6 En caso que la Solicitud fuera rechazada, ésta podrá ser nuevamente formulada anualmente sin límite alguno.
Las condiciones en cada reiteración no variarán de lo ya estipulado.
Anexo 1
La Comisión Directiva resuelve por un período de cuatro años a partir del mes de agosto de 2007, autorizar en forma condicional la Acreditación de Secciones a pesar de no ser Miembro Acreditado o Titular de la Sociedad Argentina de Patología de la Columna Vertebral al profesional a cargo de la misma. Dicha Acreditación tiene carácter transitoria y permitirá a los profesionales a cargo, poder reunir antecedentes suficientes para regularizar la situación estatutaria en dicho período, y poder optar a la Acreditación y a Miembro Titular de nuestra Sociedad.
Si en ese período (cuatro años)
este aspecto reglamentario no fuera regularizado, caducará automáticamente la Acreditación de la Sección. Se deja establecido que de acuerdo a la normativa vigente la Sección que solicite la Acreditación transitoria deberá cumplir con los requisitos establecidos los Art. 2 y 4. La Comisión Directiva designará a los miembros del Comité de Acreditación que efectuarán la visita y elevará el dictamen, a efectos de aceptar o rechazar la Acreditación transitoria.-
Anexo 2
Antecedentes y Títulos |
ARTICULO 1 - El postulante deberá presentar dentro de las fechas fijadas, una lista de sus antecedentes acompañada de las fotocopias de los certificados correspondientes.
ARTICULO 4 - Solo se tomarán en cuenta los antecedentes correspondientes a Patología de la Columna Vertebral.
ARTICULO 3 - Falsear en todo o en parte algunos de los datos exigidos equivale a una falta ética grave, pasible de ser sancionada como tal.
ARTICULO 4 El postulante deberá acreditar un mínimo de 100 puntos de acuerdo al siguiente esquema:
Actividad Asistencial ( máximo 50 puntos).
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a. |
Residencia completa de Ortopedia y Traumatología de 3 años como mínimo en Servicios reconocidos por la AAOT ..........................................30 puntos |
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b. |
Jefe de Residentes............................................................. 6 puntos |
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c. |
Instructor de Residentes.......................................................6 puntos |
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d. |
Médico con nombramiento oficial en Servicios de Patología y Cirugía Espinal Reconocidos por la SAPCV.................................................... 10 puntos por año (Máximo: 50 puntos) |
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e. |
Médico sin nombramiento oficial en Servicios de Patología y Cirugía Espinal Reconocidos por la SAPCV..................................................... 5 puntos por año (Máximo: 50 puntos) |
No se reconocerá puntaje alguno cuando los cargos o funciones hayan sido realizadas en Servicios no reconocidos por la SAPCV.
Actividad Académica (Máximo: 50 puntos)
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a. |
Docencia de postgrado
Director de Curso:.......................................................... 4 p. Por curso
Secretario de Curso:....................................................... 2 p. " "
Coordinador de Curso:..................................................... 2 p. " "
Colaborador Docente:...................................................... 1 p. " " |
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b. |
Asistencia a cursos auspiciados por la SAPCV ( Máximo 20 p. )
más de 500 horas ............................................................5 p. por curso
300 a 499 horas ..............................................................3 p. " "
100 a 299 horas.............................................................. 2 p. " "
menos de 100 horas.......................................................... 1 p. " " |
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c. |
Asistencia a Cursos no auspiciados por la SAPCV :.................0,50 p. por curso |
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d. |
Asistencia a Cursos o Jornadas de la Especialidad :....................... 1 p. c / u |
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e. |
Relatos ( Mesas Redondas, Simposios, etc.):............................... 5 p. c / u |
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f. |
Becas Intrnas de la SAPCV : ....................................................5 p. |
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g. |
Becas en el Exterior en Servicios de prestigio internacional
( ad referendum de la Comisión del Título de Especialista )
más de 6 meses ...............................................................10 puntos
3 a 6 meses..................................................................... 5 puntos
menos de 3 meses............................................................. 2 puntos |
Actividad Científica :
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a. |
Trabajos de Investigación Clínica o Experimental presentados en Sesiones Ordinarias de la SAPCV
A sola firma.......................................................................... 8 p.
En colaboración..................................................................... 4 p. |
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b. |
Trabajos de aporte presentados en Sesiones Ordinarias de la SAPCV
A sola firma .........................................................................4 p.
En colaboración .....................................................................2 p. |
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c. |
Monografías presentadas en Sesiones Ordinarias de la SAPCV
A sola firma........................................................................... 2 p.
En colaboración...................................................................... 1 p. |
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d. |
Trabajos presentados en Congresos :
A sola firma ...........................................................................2 p.
En colaboración...................................................................... 1 p. |
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e. |
Publicaciones de trabajos :
A sola firma............................................................................ 4 p.
En colaboración........................................................................ 2 p. |
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f. |
Premios otorgados por Sociedades Científicas ( AAOT o Sociedades huéspedes de la misma ).
Dividiendo los puntos por el número total de autores 20 p. c / u. |
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g. |
Becas en el Exterior en Servicios de prestigio internacional
( ad referendum de la Comisión del Título de Especialista )
más de 6 meses ...............................................................10 puntos
3 a 6 meses..................................................................... 5 puntos
menos de 3 meses............................................................. 2 puntos |
Anexo 3
Examen de la Especialidad |
ARTICULO 1 - El postulante será sometido a un Examen de la Especialidad, una vez aprobados sus antecedentes.
ARTICULO 2 El Examen de la Especialidad consistirá en :
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a. |
una prueba escrita de 100 preguntas de tipo " selección múltiple ". Se tomará como aprobado cuando el porcentaje de las mismas sea mayor del 80 % del postulante que haya contestado mayor número de
preguntas correctamente.
En ningún caso este porcentaje podrá ser menor del 70 %. |
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b. |
Un examen teórico-práctico oral donde el Comité hará las veces de Mesa Examinadora .
Este último se orientará hacia los criterios del postulante en el estudio, planteo diagnóstico y tratamiento de uno o más pacientes. |
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c. |
El Comité podrá requerir presenciar un acto quirúrgico practicado por el postulante. |
ARTICULO 3 - El veredicto de la Mesa Examinadora será informado como
" Aprobado" o " Rechazado", sin ninguna otra calificación.
ARTICULO 4 -El postulante que haya sido rechazado en el Examen de la Especialidad podrá presentarse nuevamente en cualquiera de los turnos siguientes de Examen.
ARTICULO 5 - Cuando un postulante fuera rechazado en 3 oportunidades no podrá
solicitar nuevamente el otorgamiento del Título.
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